EXPEDICIÓN DE TARJETA MUNICIPAL DE ARMAS
Ficha Informativa
Es el trámite para obtener la tarjeta de tenencia de armas de la categoría 4ª.
TARJETA TIPO A:
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la categoría 4ª-1: Carabinas y pistolas, de tipo semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo cuyo sistema de disparo es automático.
2. Las tarjetas se concederán a los vecinos o residentes en el municipio de Roquetas de Mar.
3. Su validez es de 5 años. Limitada al término municipal del Roquetas de Mar.
4. Se pueden registrar, como máximo 6 armas en un mismo impreso.
TARJETA TIPO B:
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la categoría 4ª.2: Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo, accionadas por muelle o resorte.
2. Las Tarjetas se concederán a los vecinos o residentes en el municipio de Roquetas de Mar.
3. Su validez será permanente, limitada al término municipal de Roquetas de Mar.
Los requisitos para la obtención de las Tarjetas y las características de su expedición son:
- Ser vecino o residente en el municipio de Roquetas de Mar.
- Las tarjetas de armas serán concedidas por el Alcalde, que debe valorar la conducta y antecedentes de los solicitantes.
- Se expedirán en impreso que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil.
- La Tarjeta de Armas tipo A, cuya validez es de 5 años, podrá documentar hasta 6 armas de la categoría 4ª.1.
- La Tarjeta de Armas tipo B, cuya validez será permanente, podrá documentar un número ilimitado de armas de la categoría 4ª.2.
- Cuando el número de armas en propiedad exceda de 6 armas de la categoría 4ª.2., el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta Tipo B.
- La validez de las tarjetas de armas queda limitada al término municipal de Roquetas de Mar.
- El Departamento que gestiona la expedición de tarjetas de armas es la Policía Local.
Se puede solicitar presencialmente en las Oficinas municipales o a través de Internet en la Oficina Virtual.
TARJETA TIPO A:
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la categoría 4ª-1: Carabinas y pistolas, de tipo semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo cuyo sistema de disparo es automático.
2. Las tarjetas se concederán a los vecinos o residentes en el municipio de Roquetas de Mar.
3. Su validez es de 5 años. Limitada al término municipal del Roquetas de Mar.
4. Se pueden registrar, como máximo 6 armas en un mismo impreso.
TARJETA TIPO B:
1. Este permiso es válido para las armas comprendidas en la categoría 4ª.2: Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo, accionadas por muelle o resorte.
2. Las Tarjetas se concederán a los vecinos o residentes en el municipio de Roquetas de Mar.
3. Su validez será permanente, limitada al término municipal de Roquetas de Mar.
Los requisitos para la obtención de las Tarjetas y las características de su expedición son:
- Ser vecino o residente en el municipio de Roquetas de Mar.
- Las tarjetas de armas serán concedidas por el Alcalde, que debe valorar la conducta y antecedentes de los solicitantes.
- Se expedirán en impreso que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil.
- La Tarjeta de Armas tipo A, cuya validez es de 5 años, podrá documentar hasta 6 armas de la categoría 4ª.1.
- La Tarjeta de Armas tipo B, cuya validez será permanente, podrá documentar un número ilimitado de armas de la categoría 4ª.2.
- Cuando el número de armas en propiedad exceda de 6 armas de la categoría 4ª.2., el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta Tipo B.
- La validez de las tarjetas de armas queda limitada al término municipal de Roquetas de Mar.
- El Departamento que gestiona la expedición de tarjetas de armas es la Policía Local.
Se puede solicitar presencialmente en las Oficinas municipales o a través de Internet en la Oficina Virtual.
Documentación normalizada a presentar
SOL_GEN |
Lugares de Atención
Nombre | REGISTRO GENERAL |
Dirección | PLAZA CONSTITUCION S/N |
Horarios de Atención | 09:00 - 14:00 |
Correos Electrónicos | registro@aytoroquetas.org |
Teléfonos | 950 33 85 85 |