Ayuntamiento de Roquetas de Mar

SUBVENCION A PERSONAS FISICAS O JURIDICAS OTORGADAS POR EL AYUNTAMIENTO
Tramitación Electrónica

Ficha Informativa

Es el trámite mediante el cual se solicita una financiación para realizar un proyecto, acción, conducta o situación, cuyo objeto sea el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
Se contemplan los siguientes Procedimientos de Concesión:
-Procedimiento de Concesión Ordinario en régimen de Concurrencia Competitiva, mediante la comparación de solicitudes presentadas para establecer una prelación conforme a los criterios de valoración fijados.
-Procedimiento de Concesión Directa para:
-Las previstas nominativamente en el Presupuesto del Ayuntamiento, una vez aprobado definitivamente.
-Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto por una norma de rango legal, siguiendo el procedimiento marcado en dicha norma.
-Aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario o de falta de concurrencia real de solicitudes que dificulten la convocatoria pública.
-Procedimiento de concesión de Subvenciones en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor.
Sus principios rectores son:
-Publicidad, Transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
-Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por este Ayuntamiento.
-Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos.
Sus objetivos son:
-Fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana.
-El mantenimiento y la realización de las fiestas populares de carácter tradicional.
-El desarrollo del Deporte, la educación, cultura, el medio ambiente, el bienestar social de los vecinos y los distintos colectivos sociales que promuevan su desarrollo e integración.
-El voluntariado social.
-El fomento de la actividad económica en los ámbitos de naturaleza comercial, industrial, artesana, agrícola, pesquera o turística, entre otros.
Las Obligaciones del Beneficiario son:
-Cumplir el objetivo por el que se concedió la subvención.
-Justificar ante el Órgano que la concede, antes del 31 de diciembre del año en que se conceda la subvención o dentro de los 3 meses siguientes al pago material de la misma.
-Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero.
-Acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias, no siendo necesario, en el caso de subvención de carácter social, económico o humanitario.
-Disponer de Libros Contables, registro diligenciados y demás documentos debidamente auditados.
-Conservar documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, al menos durante los 4 años posteriores a la concesión.
-Dar la adecuada publicidad a las subvenciones percibidas.
-Reintegrar los fondos percibidos cuando sean objeto de un Expediente de Reintegro.

Documentación normalizada a presentar

105. Solicitud Genérica

Lugares de Atención

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Dirección PLAZA CONSTITUCION S/N
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Teléfonos 950 33 85 85