Ayuntamiento de Roquetas de Mar

SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA FAMILIAR
Tramitación Electrónica

Ficha Informativa

Es el trámite a través del cual se solicita Ayuda Económica Familiar, de forma temporal, monetaria o en especie, de carácter preventivo, que se conceden a familias para la atención de las necesidades básicas de menores a su cargo, cuando carezcan de recursos económicos suficientes para ello.

Los requisitos para obtener la Ayuda son:

- Residencia en el término municipal.
- Insuficiencia de recursos económicos en el hogar donde el o la menor resida o se reintegre, acreditando los criterios establecidos en el apartado 3.3 de la Orden de 10 de octubre de 2013.
- Existencia de necesidades básica del menor que deban ser cubiertas.
- Cuando además existan disfunciones educativas y psico-sociales que puedan suponer un riesgo para el desarrollo integral de los y las menores, será requisito indispensable, la existencia y aceptación, por parte de la Familia, de un Proyecto de Intervención Familiar, que contribuya a superar la situación, sobre la base del compromiso de la familia, en función de sus posibilidades de cambio y de acuerdo a los objetivos planteados en el mismo.
- La valoración de un pronóstico positivo sobre la resolución de la problemática detectada.

Las Ayudas Económicas Familiares estarán definidas y cuantificadas, tanto en su importe, como en su modalidad y duración, en el Informe Social, en función de las necesidades del caso y de los ingresos de la unidad familiar.

Las familias que cumplan los requisitos podrán recibir ayudas económicas dinerarias o en especie, de carácter periódico o único y se destinarán a la cobertura de necesidades por el siguiente orden de prioridad:

- Necesidades básicas, entendiendo éstas: adquisición de alimentos, ropa, calzado, productos de aseo personal e higiene doméstica, provisión de leche de continuidad, así como medicamentos, que requerirán, en todo caso, de prescripción médica.
- Otras necesidades: pañales, material escolar no financiado por la Consejería competente en materia de Educación, acceso a recursos educativos que desempeñen una función de integración de la persona menor; así como también serán susceptibles de financiación, los gastos derivados de transporte u otros que así se recojan, motivadamente, en la prescripción del informe social.
- Excepcionalmente, en casos debidamente motivados por las circunstancias de la unidad familiar, podrán incluirse: alquiler, suministros básicos de electricidad, gas y agua, así como adquisición de mobiliarios y enseres básicos, que directamente incidan en el bienestar del menor.

El Alcalde-Presidente o la persona en quien delegue, resolverá motivadamente, en atención a la propuesta formulada, la concesión o denegación de la Ayuda, estableciendo, en su caso, las condiciones de la misma.

Se puede solicitar presencialmente en las Oficinas municipales o a través de Internet en la Oficina Virtual.

Documentación normalizada a presentar

105. Solicitud Genérica

Lugares de Atención

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Dirección PLAZA CONSTITUCION S/N
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Teléfonos 950 33 85 85